En fuerza de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ZULAY CÁRDENAS MOSQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.107.329, debidamente asistida por la abogado DUNIA CHIRINOS LAGUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.929.732, inscrita en el Inpreabogado con el número 10.469, contra el auto de fecha 11 de julio de 2019, proferido por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CON SEDE EN EL VIGÍA, en la causa signada con el número 11.086, de la numeración propia de ese Juzgado, en virtud de.....