Conforme a los señalamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, se declara FUNCIONALMENTE INCOMPETENTE para el conocimiento y decisión, en única instancia, de la recusación formulada el 05 de octubre de 2010, por el abogado FRANCISCO EFREN CERMEÑO ZAMBRANO, apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana CARMEN TERSA GÓMEZ ARAUJO, en el juicio que por desalojo fuera incoado por la sociedad mercantil INMOBILIARIA 92, C.A. contra la Juez titular del Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, abogada FRANCINA RODULFO, y en consecuencia, NO ACEPTA la declinatoria de competencia que le fue deferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, para conocer y decidir la referida inhibición.
A tenor de lo previsto en el artículo 70 de.....