PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta mediante escrito de fecha 31 de julio de 2018, por la ciudadana MARÍA YANETT GIL, contra la decisión de fecha 30 de julio de 2018 (fs. 34 al 37), mediante la cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de conformidad con el ordinal 5º del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que declaró INADMISIBLE el amparo constitucional intentado contra el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, señalado como presunto agraviante. SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia recurrida, de fecha 30 de julio de 2018 (fs. 34 al 37). TERCERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional incoada por la ciudadana MARÍA YANETT GIL, contra el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ej.....