PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, por el ciudadano JOSÉ RAMÓN MONTILLA CONTRERAS, debidamente asistido por el abogado PEDRO RAMÓN BARRIOS, contra la sentencia definitiva de fecha 03 de mayo de 2007, dictada por el Juzga¬do Primero de Prime¬ra Instan¬cia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circuns¬crip¬ción Judicial del Estado Méri¬da, a quien el recurrente le imputó el agravio consti¬tucional, la cual fuera proferida por el Juez JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO, por la pretendida violación de los derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria anterior, se anula la sentencia proferida en fecha 03 de mayo de 2007, por el Juez a cargo del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado .....