PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada por la abogada MARÍA MILENA RIVAS ROJAS, en su condición de apoderada judicial del ciudadano RICARDO JOSÉ BIFARETTI VILLALOBOS, parte actora, contra el auto de fecha 12 de junio 2014, mediante el cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, inadmitió las pruebas de exhibición y de inspección judicial promovida por la demandante-recurrente en el juicio que por otorgamiento de documento público incoara contra la empresa mercantil PROMOTORA TRIGALES S.A. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso. Se ordenó notificar a las partes.