GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, veinticinco de mayo de dos mil seis.-
196° y 147°
Vista la diligencia que antecede de fecha 22 de mayo de 2006, suscrita por los abogados BETTY CUEVAS DE LÓPEZ y JOSÉ GILDARDO GARCÍA GUTIERREZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, abogados, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.203.032 y 3.940.884, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.781 y 65.343, con el carácter de apoderados judiciales de las partes demandante y demandada, en su orden, representaciones que constan a los autos, mediante la cual ratifican en todas y cada una de sus partes el convenimiento que obra al folio 64 de esta actuaciones y solicitan a este Tribunal que homologue el convenimiento acordado por las partes, le otorgue el carácter de cosa juzgada, dé por terminado el procedimiento previo a la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y.....