PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 24 de enero de 2011, por el abogado JUAN CARLOS TOLOZA MARIN, en su condición de parte demandante, contra la providencia de fecha 19 de enero de 2011, dictada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
SEGUNDO: Se declara LA NULIDAD de la sentencia recurrida de fecha 19 de enero de 2011, dictada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, así como de las actuaciones procesales subsiguientes, cumplidas a partir de la referida fecha.
TERCERO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decreta LA REPOSICIÓN de la causa al estado en que se encontraba para la fecha 19 de enero de 2011, fecha en que el abogado JUAN CARLOS TOLOZA MARIN, en su condición de parte actora solicitó se libraran nuevamente recaudos de citación a la demandada, ciudadana CARMEN JACKELINE .....