PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada por los ciudadanos RAMÓN GERARDO ROJAS DÁVILA y NOMAR KARINA ROJAS MOLINA, respectivamente, y parte demandada, contra el auto de fecha 20 de octubre 2014, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.