PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de septiembre de 2014, por la parte demandada ciudadana BETTY RAMÍREZ VALERO, contra la providencia interlocutoria de fecha 14 de agosto de 2014, dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido contra la recurrente por la ciudadana BELKIS MARINA RAMÍREZ DE BRICEÑO por nulidad de contrato. SEGUNDO: En virtud del anterior pronunciamiento, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la providencia interlocutoria recurrida, de fecha 14 de agosto de 2014.TERCERO: Se condena en las costas del recurso a la parte apelante ciudadana BETTY RAMÍREZ VALERO, por haber sido confirmada la sentencia en todas su partes. Se ordenó la notificación de las partes.