PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ANA BEATRIZ PEÑA GAMBOA en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YAKELY MÁRQUEZ, en su condición parte demandada, contra la sentencia definitiva proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en fecha 13 de agosto de 2018 (fs. 149 al 154). SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda por impugnación de reconocimiento voluntario de maternidad interpuesta por los ciudadanos ROSSY LEYDY MARQUINA y LUIS AUGUSTO DÁVILA MARQUINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números18.618.071 y 17.239.439, asistidos por la abogada LEIX TERESA LOBO, contra la ciudadana YAKELY MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número10.718.263. TERCERO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se declara la nulidad del reconocimiento de filiación mater.....