PRIMERO: Declara INADMISIBLE cuanto ha lugar en derecho la acción de amparo cautelar incoada por la abogada en ejercicio GIOVANNINA SOTTILE, en fecha 23 de enero de 2007, en su condición de apoderada judicial de la Empresa Mercantil ARQEX C.A., contra el auto de fecha 07 de diciembre de 2006, dictado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, a cargo del Juez Temporal, abogado Juan Carlos Guevara Liscano, en el procedimiento que por cobro de bolívares, vía intimatoria fuera incoada por los abogados en ejercicio FRANCESCO CIACIA BENDECI y EDILIO RAMÓN VALVUENA RAMÍREZ, actuando como apoderados judiciales del ciudadano JAIRO JOSÉ VALERO CARRILLO, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES AMÉRICA C.A., contra la recurrente, empresa mercantil ARQEX C.A., en la persona de su Presidente y Representante legal, ciudadano SALVATORE SPINA CORRAO.
SEGUNDO: Por cuanto de los aut.....