DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda deREINTEGRO POR VIA EJECUTIVA Y DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por el Ciudadano ROSO EVANGELISTA TORRES GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.102.902actuando en nombre y representación de la ciudadana ELBA MARIA GUTIERREZ DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.276.829, asisto en este acto por el abogado JUAN CARLOS SARACHE BALZA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 129.009 de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil y la sentencia citada. Y ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Y ASÍ SE DECIDE.-
TERCERO: Una vez quede.....