DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a la medida de embargo ejecutivo decretado por el Juzgado primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, se traslado y constituyó en el local ordenado, visto el convenimiento y la propuesta de pago hecha por la parte demandada este Juzgado se abstuvo de practicar la presente medida para la cual fue comisionado. CONCLUSIÓN: Visto el convenimiento y la propuesta de pago hecha por la parte demandada se remite la comisión al Juzgado de la causa para su homologación.