DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a la medida de embargo ejecutivo ordenado por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la circunscripción judicial del estado Mérida, se trasladó y constituyó en el inmueble indicado en el cuaderno y declaró el embargo ejecutivo sobre el lote de terreno, constituido por 55 parcelas con un área total de siete mil cuarenta metros cuadrados (7.040 mts2) aproximadamente, se declaró la desposesión jurídica del ejecutado y se oficio al Registro Público del Municipio Libertador del Estado Mérida a los fines de estampar la nota marginal por el embargo ejecutado. Conclusión: Cumplida la comisión se remitió al Juzgado de la causa.