este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, derecho que les asiste a los ciudadanos: PEDRO RAFAEL ALONSO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de las cédula de identidad No. V- 6.137.740, domiciliado en la Avenida Las Américas, Residencias Los Girasoles, torre 3, piso 8 Apartamento 8-D, Sector Santa Bárbara, Municipio de la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil , JOSÉ ANTONIO ALONSO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.308.434, MARÍA TRINIDAD ALONSO SANCHEZ, española, mayor de edad, con C.N.I y N.I.F Nº 10.583.492-L, y PATRICIA .....