DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a la medida de secuestro ordenada por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción judicial del estado Mérida, se trasladó y se constituyó en el inmueble ordenado en el decreto de medidas y vista la auto composición realizada entre las partes, se abstiene de practicar la presente medida y ordena remitir las presentes actuaciones al juzgado de la causa para su homologación de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil. CONCLUSIÓN: Cumplido Con lo acordado y solicitado por las partes la referida comisión es devuelta cumplida al Juzgado de la causa.