Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con Competencia Ordinaria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificada en fecha 10 de octubre de 2013, por ante este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción judicial del Estado Mérida, con Competencia Ordinaria, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, intentado por el ciudadano JOHAN JOSE MENDEZ RAMIREZ, asistido por el abogado MIGUEL ANGEL GOMEZ, contra la ciudadana OLFIDA LICE RAMIREZ CARDENAS, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
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