DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento al embargo preventivo decretado por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente N° 7091, se trasladó y constituyó en una Oficina, Signada con el N° 4-03, ubicada en el piso 4, Torre Norte, Centro Comercial Alto Chama, Avenida Andrés Bello, Municipio Libertador del Estado Mérida y suspendió la practica de la medida en por haberse caucionado. CONCLUSIÓN: La referida comisión es devuelta al Juzgado de la causa por la caución dada