DISPOSITIVA: Este Juzgado en cumplimiento a la comisión conferida por Juzgado Tercero de Los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el inmueble ordenado en la comisión y decretó el secuestro sobre el mismo. Se constituyó depósito necesario en la Depositaria Judicial Los andes, CA. De conformidad con el artículo 599, ordinal 7mo depositó el inmueble en la persona de su propietario a través de su Apoderadas Judiciales abogadas Marly G. Altuve Uzcategui y Marvis Del Carmen Albornoz Zambrano, libre de personas animales y cosas. CONCLUSION: La comisión fue referida cumplida al Juzgado comitente.