REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Doce (12) de Diciembre de dos mil veinticinco (2025).
215° y 166°
Vista la diligencia de fecha 10 de Diciembre de 2025, suscrita por el abogado CARLOS GREGORIO SANCHEZ ALBORNOZ, apoderado de la parte demandante, mediante la cual señala y consignan los emolumentos correspondientes para las copias de los folios desde el folio
01 al 07, 13 al 25, 50 al 52, 135 al 140, 172 al 179, 201 al 232 y sus respectivos vueltos del presente expediente Principal y la totalidad del cuaderno separado de Tacha, a los fines que sean certificados y remitidos a la Alzada para que conozca de la apelación admitida en UN SOLO EFECTO en fecha 03 de Diciembre de 2025. En consecuencia, se ordena certificar las copias fotostáticas de los folios desde el folio 01 al 07, 13 al 25, 50 al 52, 135 al 140, 172 al 179, 201 al 232 y sus respectivos vueltos del presente expediente Principal y la totalidad del cuaderno separado de Tacha, con sus respectivos vueltos y caratula, constante de veinte (20) folios, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 de Código de Procedimiento Civil, debiendo insertarse al pie de la misma el contenido del presente decreto. Provéase lo conducente. Remítase dichas copias al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. (DISTRIBUIDOR), a los fines que la alzada a quien corresponda, conozca de dicha apelación conforme a la Ley. Insértese al pie de la copia el presente auto. Y ASI SE DECIDE.
JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ,
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.
En la misma fecha se remitieron las copias al JUEZ SUPERIOR (DISTRIBUIDOR) EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con Oficio Nº 566-2025.
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.