REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 19 de diciembre de 2025. 215° y 166° Vista la diligencia que antecede de fecha 15 de diciembre de 2025, Suscrita por la Abogada MARIA PRIETO, identificada en autos, actuando como Co-Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual expuso lo siguiente: …(Omissis)…“dejar sin efecto diligencia de fecha 5 de diciembre 2025 folio 291 en donde solicita cumplimiento voluntario en virtud que se debe hacer el deposito en el Banco del saldo deudor del precio de la venta y lo adeudado del pago de alquiler, como lo establece la dispositiva en su numeral quinto de la sentencia de fecha 17 de marzo de 2025, solicito al tribunal me puedan facilitar el Banco y el numero de cuenta del tribunal, para hacer el respectivo deposito.”…(Omissis)… En consecuencia, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y a los fines de darle cumplimiento voluntario a la sentencia de fecha 17 de marzo de 2025 señala la Cuenta corriente signada con el Nº 0007-0040-1100-0005-4702, a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Y ASÍ SE DECIDE.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROLANDO HERNANDEZ.
EL SECRETARIO TEMPORAL;
ABG. VICTOR D. PALENCIA.