REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

UZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, diecinueve (19) de Febrero del año dos mil veintiséis (2026).

215° y 166°

Vista las pruebas promovidas por el abogado RICARDO ANTONIO FERRER CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado Nº 247.532, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano HECTOR ALFIERI BOCCA ANGARITA, parte demandante en la presente causa, mediante escrito de fecha cuatro (04) de Febrero del año dos mil veintiséis (2026), obrante al folio del 100 del presente expediente. En cuanto a las PRUEBAS TESTIMONIALES:se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son manifiestamente legales, en consecuencia, procédase a su evacuación, y se fija el CUARTO DÍA HÁBIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, para que sean presentados por la parte promovente los testigos, ciudadanos: 1) ZORAIDA JOSEFINA BARRIOS GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.154.560, 2) JAVIER ALBERO BOLIVAR BARILLAS, titular de la cédula de identidad Nº V-11.980.331 y 3) ANGEL DOMINGO SANCHEZ MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.477.643, domiciliados en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida; a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 a.m.); DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 a.m.) y ONCE Y MEDIA DE LA MAÑANA (11:30 a.m.) en su orden; para que se sometan al interrogatorio que en su oportunidad presente la parte interesada..

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. JENNY L. PEREZ ROSALES.

CACG/JLPR/cagf.-