REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.
En horas de despacho del día de hoy, martes diez (10) de febrero del año dos mil veintiséis (2026), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 am), día fijado por este Tribunal, para que tenga lugar la celebración de la presente AUDIENCIA TELEMÁTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el presente juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, intentado por el ciudadano ALBERTO RAMON REINOZA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.028.370, asistido en el acto por los abogados ELDA CONTRERAS MOLINA y RODOLFO RAFAEL HERNANDEZ CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.037.996 y 18.125.130 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.129 y 201.617, de este domicilio, Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la Audiencia Telemática al número, 0416-7156487 aportado por la parte demandante como número telefónico de la demandada, ciudadana MARIANGELA CRISTINA SEQUERA DE REINOZA, plenamente identificada en autos. Acto seguido, al número telefónico se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal como, MARIANGELA CRISTINA SEQUERA DE REINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.242.816. Seguidamente, el Juez, le impuso del motivo de la llamada y le solicitó a la ciudadana MARIANGELA CRISTINA SEQUERA DE REINOZA, plenamente identificada en autos, que expusiera su cédula de identidad ante la cámara del celular e igualmente, le preguntó si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara el ciudadano ALBERTO RAMON REINOZA MOLINA y en voz clara señaló: “Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez y manifiesto que me doy por citada y estoy conteste del Divorcio incoado en mi contra, es todo”. Acto seguido la suscrita Secretaria, certifica la identidad de la ciudadana MARIANGELA CRISTINA SEQUERA DE REINOZA quien a través de la cámara expuso su documento de identidad (cédula de Identidad) verificándose que su número de cedula de identidad es V.- 12.242.816. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y siendo las once de la mañana (11:00) aproximadamente, se da por terminada la presente Audiencia Telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman, el Tribunal debidamente constituido.
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO
PARTE DEMANDANTE,
ABOGADOS ASISTENTE, PARTE DEMANDANTE,
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA,
ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
JAVIER ALEXANDER LEON Q
Exp. 3558