REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL ESTADAL Y MUNICIPAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
Mérida, veinte (20) de febrero ro de dos mil veintiséis (2026)
215° y 167º
ASUNTO PRINCIPAL: LP012026000087
ACTA DE INHIBICIÓN
En la presente fecha veinte (20) de febrero de dos mil veintiséis (2026), quien suscribe Abg. OMAR
GABRIEL GUERRA FERNANDEZ, vista la designación como Juez Provisorio realizada por la sala
plena del Tribunal Supremo de Justicia e informada a este juzgador mediante comunicación N°
TSJ/CJ/OFIC/3179-2024 de fecha 05/12/2024, siendo juramentado en fecha 20/12/2024 según acta N°
105 del libro de actas de la presidencia de Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida,
mediante la presente me aboco al conocimiento de la presente causa, una vez revisada la misma he
podido constatar, que al folio cinco (05) de las Actuaciones se encuentra ORDEN DE INICIO DE
INVESTIGACION suscrita por i persona en calidad de Fiscal Auxiliar Segundo Encargado de la Fiscalía
Quinta del Ministerio Público, lo cual evidencia la actuación de la causa en las sucesivas diligencias
encomendadas y el conocimiento de fondo del presente asunto, razón por la cual procedo en éste
mismo acto a INHIBIRME formalmente del conocimiento de la presente causa, identificada ut supra,
por cuanto existe una causa fundada en motivos graves que pudiera afectar la imparcialidad de este
juzgador, de conformidad con lo previsto expresamente en los Artículos 89 numeral 7°, 90 y 92 del
Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 26 y 49 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, por lo cual pido a la Corte de Apelaciones de éste mismo Circuito
Judicial Penal que declare con lugar la misma en base a los argumentos antes señalados y por estar
plenamente ajustada a Derecho.- Se ordena abrir el correspondiente cuaderno de inhibición a la
secretaria del Tribunal y remitir de manera inmediata a la Corte de Apelaciones y URGENTE, la
presente causa al Departamento de Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), a los
fines de qué sea redistribuida la presente entre cualquiera de los otros tribunales de control restantes,
de este Circuito Judicial Penal de Mérida, Estado Mérida.- Terminó, se leyó y conformes firman.
ABG. OMAR GABRIEL GUERRA FERNANDEZ
JUEZ QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL ESTADAL Y MUNICIPAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
LA SECRETARIA
ABG. ________________________________
En fecha _____________, se libraron las siguientes comunicaciones:
_____________________________________ ordenadas por el tribunal en fecha de su decisión.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
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DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
Mérida, veinte (20) de febrero ro de dos mil veintiséis (2026)
215° y 167º
ASUNTO PRINCIPAL: LP012026000087
ACTA DE INHIBICIÓN
En la presente fecha veinte (20) de febrero de dos mil veintiséis (2026), quien suscribe Abg. OMAR
GABRIEL GUERRA FERNANDEZ, vista la designación como Juez Provisorio realizada por la sala
plena del Tribunal Supremo de Justicia e informada a este juzgador mediante comunicación N°
TSJ/CJ/OFIC/3179-2024 de fecha 05/12/2024, siendo juramentado en fecha 20/12/2024 según acta N°
105 del libro de actas de la presidencia de Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida,
mediante la presente me aboco al conocimiento de la presente causa, una vez revisada la misma he
podido constatar, que al folio cinco (05) de las Actuaciones se encuentra ORDEN DE INICIO DE
INVESTIGACION suscrita por i persona en calidad de Fiscal Auxiliar Segundo Encargado de la Fiscalía
Quinta del Ministerio Público, lo cual evidencia la actuación de la causa en las sucesivas diligencias
encomendadas y el conocimiento de fondo del presente asunto, razón por la cual procedo en éste
mismo acto a INHIBIRME formalmente del conocimiento de la presente causa, identificada ut supra,
por cuanto existe una causa fundada en motivos graves que pudiera afectar la imparcialidad de este
juzgador, de conformidad con lo previsto expresamente en los Artículos 89 numeral 7°, 90 y 92 del
Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 26 y 49 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, por lo cual pido a la Corte de Apelaciones de éste mismo Circuito
Judicial Penal que declare con lugar la misma en base a los argumentos antes señalados y por estar
plenamente ajustada a Derecho.- Se ordena abrir el correspondiente cuaderno de inhibición a la
secretaria del Tribunal y remitir de manera inmediata a la Corte de Apelaciones y URGENTE, la
presente causa al Departamento de Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), a los
fines de qué sea redistribuida la presente entre cualquiera de los otros tribunales de control restantes,
de este Circuito Judicial Penal de Mérida, Estado Mérida.- Terminó, se leyó y conformes firman.
ABG. OMAR GABRIEL GUERRA FERNANDEZ
JUEZ QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL ESTADAL Y MUNICIPAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
LA SECRETARIA
ABG. ________________________________
En fecha _____________, se libraron las siguientes comunicaciones:
_____________________________________ ordenadas por el tribunal en fecha de su decisión.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
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DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
Mérida, veinte (20) de febrero ro de dos mil veintiséis (2026)
215° y 167º
ASUNTO PRINCIPAL: LP012026000087
ACTA DE INHIBICIÓN
En la presente fecha veinte (20) de febrero de dos mil veintiséis (2026), quien suscribe Abg. OMAR
GABRIEL GUERRA FERNANDEZ, vista la designación como Juez Provisorio realizada por la sala
plena del Tribunal Supremo de Justicia e informada a este juzgador mediante comunicación N°
TSJ/CJ/OFIC/3179-2024 de fecha 05/12/2024, siendo juramentado en fecha 20/12/2024 según acta N°
105 del libro de actas de la presidencia de Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida,
mediante la presente me aboco al conocimiento de la presente causa, una vez revisada la misma he
podido constatar, que al folio cinco (05) de las Actuaciones se encuentra ORDEN DE INICIO DE
INVESTIGACION suscrita por i persona en calidad de Fiscal Auxiliar Segundo Encargado de la Fiscalía
Quinta del Ministerio Público, lo cual evidencia la actuación de la causa en las sucesivas diligencias
encomendadas y el conocimiento de fondo del presente asunto, razón por la cual procedo en éste
mismo acto a INHIBIRME formalmente del conocimiento de la presente causa, identificada ut supra,
por cuanto existe una causa fundada en motivos graves que pudiera afectar la imparcialidad de este
juzgador, de conformidad con lo previsto expresamente en los Artículos 89 numeral 7°, 90 y 92 del
Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 26 y 49 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, por lo cual pido a la Corte de Apelaciones de éste mismo Circuito
Judicial Penal que declare con lugar la misma en base a los argumentos antes señalados y por estar
plenamente ajustada a Derecho.- Se ordena abrir el correspondiente cuaderno de inhibición a la
secretaria del Tribunal y remitir de manera inmediata a la Corte de Apelaciones y URGENTE, la
presente causa al Departamento de Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), a los
fines de qué sea redistribuida la presente entre cualquiera de los otros tribunales de control restantes,
de este Circuito Judicial Penal de Mérida, Estado Mérida.- Terminó, se leyó y conformes firman.
ABG. OMAR GABRIEL GUERRA FERNANDEZ
JUEZ QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL ESTADAL Y MUNICIPAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
LA SECRETARIA
ABG. ________________________________
En fecha _____________, se libraron las siguientes comunicaciones:
_____________________________________ ordenadas por el tribunal en fecha de su decisión.