En horas de Despacho del día de hoy, miércoles tres (03) de junio del año dos mil veintiséis (2.026), siendo las diez de la mañana (10:00 am.), se hizo presente por ante este Tribunal, el Abg. PASTOR CONTRERAS ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-9.199.153, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 141.412, de este domicilio y jurídicamente hábil, quien actúa en representación del ciudadano JOSE ANDRES ROSALES ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.083.430, domiciliado en Caracas, Municipio Libertador, Distrito Capital, según PODER ESPECIAL, debidamente autenticado por ante la Notaria Octava de Caracas, Municipio Libertador de fecha 21 de abril de 2026, bajo el N° 25, Tomo 10, folio 144 de los libros llevados por ante esa notaria, quien manifiesta que renuncia al término de comparecencia, por cuanto tiene conocimiento que por ante este Tribunal cursa Solicitud de Reconocimiento de Documento Privado, signada con el Nº 4749, que fuera interpuesta por el Abg. NESTOR ENRIQUE CARRERO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-13.525.704, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.456, quien actúa en nombre y representación del ciudadano FABIAN ALBERTO MUJICA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 23.723.148, actualmente residenciado en Tennessee, EEUU y civilmente hábil, según consta en poder apud acta otorgado y ratificado por vía telemática (f. 22 y vto.). Ante tal manifestación, se procedió a abrir el acto, previo el pregón de Ley, dado por el Alguacil Titular a las puertas del Despacho. Se deja constancia, que se encuentra presente el ciudadano que dijo ser y llamarse como quedó escrito, PASTOR CONTRERAS ANGULO, a quien se le mostró el documento a reconocer inserto a los folios dieciocho y diecinueve (18 y 19) con sus respectivos vueltos, otorgándole el derecho de palabra y concedido como fue, expone: Reconozco su contenido y firma en el documento de compra venta, que se me ha puesto en manifiesto, es cierto y reconozco formalmente el contenido del documento suscrito por mí, en nombre y representación del ciudadano JOSE ANDRES ROSALES ANGULO, en mi condición de apoderado del vendedor, inserto a los folios (18 y 19). Asimismo, se encuentra presente la ciudadana CARMEN FABIOLA SANCHEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.905.884, quien en el momento de la venta objeto de reconocimiento, actuó en representación del ciudadano FABIAN ALBERTO MUJICA SANCHEZ. Por otra parte, se deja constancia que se encuentra presente la ciudadana LUZ MARGARITA SANCHEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-13.965.452, quien fue testigo en el acto de celebración de la compra venta, suscrito en fecha veintiocho (28) de abril de 2026, por las partes antes identificadas”. El Tribunal con vista a las exposiciones anteriores, DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRA VENTA, de fecha veintiocho (28) de abril de 2026, de un bien inmueble conformado por unas mejoras, ubicadas en el punto conocido como La Vega de la Aldea Cumbre de Peña, Jurisdicción del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, consistente en plantaciones de cambur, cacao, pastos artificiales y una casa con paredes de bloques, pisos de cemento, techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro, con sus respectivas instalaciones de servicios, con una extensión de NUEVE HECTAREAS CON OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (9HAS 8.778 MTS2), objeto de las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1364 del Código Civil Venezolano. Terminó, se leyó y conforme firman.-----------------------------------------------
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO

EL COMPARECIENTE, APODERADO DE LA PARTE
SOLICITANTE

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Abg. PASTOR CONTRERAS ANGULO, Abg. NESTOR E CARRERO P.

C.I. V-9.199.153 C.I. V-13.525.704


TESTIGO

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LUZ MARGARITA SANCHEZ RAMOS CARMEN FABIOLA SANCHEZ RAMOS
C.I V.-10.905.884 C.I V.- 13.965.452.




LA SECRETARIA, EL ALGUACIL
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ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES. JAVIER LEÓN Q.

YAOS/ao/ar.-Solicitud Nº 4749.-