REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolivariano de Mérida.
Mérida, trece (13) de marzo de dos mil veintiséis (2026).
215º y 167º

ASUNTO: LP21-L-2025-000032

PARTE DEMANDANTE: Andrea Valentina Barrios Sánchez venezolana mayor de edad, titular de las cédula de Identidad Nro. V- 31.372.434.

ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: Elizabeth Elena Maldonado Torres y Ramón Alberto Odreman Delgado, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V- 15.756.144 y V-4.595.840 en su orden, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros, 103.977 y 48.211 respectivamente según poder consta al los folio 73 al 74 del expediente.

PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo SPORT SWISS, C.A. RIF. J-50414337-5, registrada en fecha 28 de julio de 2023, inscrita bajo el Nro. 11, Tomo 187-A, signado con el expediente Nro. 379-47698, por ante el Registro Mercantil Primero del estado Bolivariano de Mérida; BAJO COSTO SHOES, C.A., RIF J-504679143, registrada en fecha 22 de noviembre de 2023, inscrita bajo el Nro. 11, Tomo233-A, signada con el expediente Nro. 279-47920, por ante el Registro Mercantil Primero del estado Bolivariano de Mérida, en la persona del ciudadano SAMER HASSAN EL OKDE, titular de la cédula de identidad Nro. 24.917.567, en su condición de propietario de ambas entidades de trabajo y al ciudadano SAMER HASSAN EL OKDE, titular de la cédula de identidad Nro. 24.917.567.

TERCERO INTERESADOO: Miguel Peña, titular de la cédula de identidad Nº v-20.847.083, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 247.556.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

ACTA DE AUDIENCIA CONCILIATORIA EN FASE EJECUTIVA

En el día de hoy, viernes trece (13) de marzo de dos mil veintiséis (2026), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia especial de conciliación en etapa de ejecución, Compareció el abogado Ramón Alberto Odreman Delgado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-4.595.840 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.211 según poder consta al los folio 73 al 74 del expediente, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, también se deja constancia la comparecencia del abogado Miguel Peña, titular de la cédula de identidad Nº V-20.847.083, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 247.556, en su condición de Tercero Interesado. Después de aceptada expresamente la representatividad y capacidad para este acto de cada una de las partes firmantes de esta acta, “Presentes todos los ciudadanos y como quiera que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, previa exposición de las razones de conveniencia para ello, le concede el derecho de palabra.- De seguida las partes hicieron uso de su derecho sin limitación alguna y conjuntamente manifestaron su pleno consentimiento y voluntad; expresando el Tercero Interesado, lo siguiente: “Según convenio acordada con la representación judicial de parte demandante aquí presente y de conformidad con lo establecido en el artículo 1283 del Código Civil, manifiesta a este Tribunal, que en fecha 12 de marzo de 2026, realizó una transferencia del Banco Provincial al Banco de Venezuela, a la cuenta Nº 01020354600000304718, referencia Nº 44425961, cuya beneficiaria es la ciudadana Andrea Valentina Barrios Sánchez venezolana mayor de edad, titular de las cédula de Identidad Nro. V- 31.372.434, por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES CON CEROS CENTIMOS (Bs. 100.000,00), el tercero interesado, ya identificada consigna en un (1) folio útil capture de transferencia antes mencionada. Escuchado esto y con vista al consentimiento de las partes involucradas en razón al pago efectuado. En este estado, de común acuerdo y libres de constreñimiento alguno, haciéndose recíprocas concesiones, convienen en fijar de manera irrevocable, como arreglo total y definitivo de todos los conceptos que le corresponden al demandante, la cual comprende todos y cada uno de los reclamos contenidos en el libelo de demanda y condenados en la sentencia de fecha 11 de abril de 2025, (folio 34 al 38 con sus vueltos) dictada por este Juzgado. Acto seguido, la representación judicial de la parte demandante, luego del acuerdo transaccional suscrito en este acto, por el tercero interesado, manifiesta que nada mas tiene que reclamar a la en contra de la Entidad de Trabajo SPORT SWISS, C.A. RIF. J-50414337-5, registrada en fecha 28 de julio de 2023, inscrita bajo el Nro. 11, Tomo 187-A, signado con el expediente Nro. 379-47698, por ante el Registro Mercantil Primero del estado Bolivariano de Mérida; BAJO COSTO SHOES, C.A., RIF J-504679143, registrada en fecha 22 de noviembre de 2023, inscrita bajo el Nro. 11, Tomo233-A, signada con el expediente Nro. 279-47920, por ante el Registro Mercantil Primero del estado Bolivariano de Mérida, en la persona del ciudadano SAMER HASSAN EL OKDE, titular de la cédula de identidad Nro. 24.917.567, en su condición de propietario de ambas entidades de trabajo y al ciudadano SAMER HASSAN EL OKDE, titular de la cédula de identidad Nro. 24.917.567. En consecuencia, las partes solicitan expresa e irrevocablemente a este Juzgado que homologue El Acuerdo Transaccional en fase de Ejecución de Sentencia, con vista a los términos arriba indicado y proceda en consecuencia como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dando por terminado el proceso. En este estado el Tribunal, vista el presente Acuerdo de transacción en Ejecución de sentencia, y observando que la misma cumple los requisitos exigidos por el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo así como los establecidos por la doctrina y jurisprudencia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL EN FASE DE EJECUCION DE SENTENCIA, en los mismos términos en que fue concebida en este acto, con lo cual adquiere el carácter de cosa juzgada y deja expresa constancia que da por terminado el procedimiento, se ordena el archivo del expediente. Es todo”. Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez,



Abg. Reinaldo Useche Gómez


Apoderado Judicial de la Parte Demandante
Abg. Ramón Alberto Odreman Delgado
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Tercero Interesado
Abg. Miguel Peña,

La secretaria

Abg. Carmen Zalady Agudelo Corredor