ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: UNICO: Admitir el pedimento de la defensa y acordando sustituir la medida cautelar por la establecida en el artículo 582 literal "c" a favor del adolescente ya identificado, en virtud de los razonamientos antes señalados. Se ordena oficiar a la coordinación de alguacilazgo. Notifíquese a las partes. Diarícese y regístrese. Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01.
MIRNA EGLE MARQUINA.
LA SECRETARIA.
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En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior La Sría.,