DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el alegato de Prescripción de la acción laboral propuesta por la parte demandada, I.N.C.E. MERIDA ASOCIACION CIVIL.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CARMEN CECILIA ARAUJO contra I.N.C.E. MERIDA ASOCIACION CIVIL, por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, ambas partes identificadas en autos.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la índole del fallo.
Publíquese y Regístrese.- Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el a.....