se DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles e inmuebles que sean propiedad de la demandada ciudadana GREISY CAROLINA PALOMINO RAMÍREZ, inicialmente identificada, hasta cubrir la cantidad de VEINTICUATRO MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 24.000,00), que comprende el doble del monto de la obligación principal. Si el Embargo recayere sobre cantidad liquida de dinero, el mismo solo se ejecutara hasta la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 12.000,00), que comprende el monto de las obligaciones anteriormente señaladas.