DECISION:
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante: RAUL ANTONIO CARRASQUEL GRIMON, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 3.686.978, a la ciudadana: ALBA MARINA MARQUEZ CODINA con el carácter de conyugue del causante, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y hábil. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas. Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada. CÚMPLASE.-
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE, REGISTRESE. DADO.....