Por Decisión N° 254/2010 se ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con el Artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 3 ejusdem, a FAVOR del ciudadano CARLOS ANDRÉS FERREIRA CONTRERAS, venezolano, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.676.166, natural de El Vigía del Estado Mérida, nacido en fecha 28/08/1974, hijo de José Rafael Ferreira Mora y de Virginia Contreras, casado, comerciante, domiciliado en la Prolongación Calle 1, Casa S/N°, detrás de la sede del SENIAT, El Vigía, Mérida, con número telefónico 0275-881.38.81; por la presunta comisión del delito de de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Derogada Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana MILDRE ANDREÍNA MONTAGUT DE FERREIRA.-