Por consecuencia, tomando en consideración las circunstancias supra indicadas y por considerarse que el imputado MAIKOL LENIN GONZALEZ GONZALEZ, se ausentó indebidamente del lugar asignado para su residencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Con fundamento en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Ordena la Captura a nivel nacional del imputado MAIKOL LENIN GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolano, natural de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº 27.778.469, soltero, de 24 años de edad, nacido en fecha 27-09-2000, de ocupación obrero, bachiller, hijo de Mayben González (v) y.....