´PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE AL EXTERIOR, suscrito y presentado por los ciudadanos RODOLFO DEL VALLE RUIZ y CLAUDIA BEATRIZ SALAZAR MÁRQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.728.745 y V-12.351.320 respectivamente, domiciliados en la avenida 2 Lora, casa N° 14-55, entre calle 14 y 15, parroquia Milla del municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles; a favor del adolescente JESÚS ENRIQUE RUIZ SALAZAR, de trece (13) años de edad, F. N.: 03/06/2011, titular de la cédula de identidad Nº V-34.016.439, pasaporte N° 186591589; pasándolo en autoridad de cosa juzgada. ´