El Tribunal homologó el convenimiento suscrito por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida, por los ciudadanos LUZ ELENA PABON MARQUEZ y HENRRY ROSALINO MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, solteros, de Oficios del Hogar y Comerciantes, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 21.063.268 y V- 12.039.444, domiciliados la primera en la Avenida Guaicaipuro, el segundo en la Avenida El Cementerio, vía El Salado, ambos de esta población de Timotes, Municipio Miranda, Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Obligación de Manutención a favor de su hija (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes),de SEIS (06) años de edad.-