PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30 de octubre de 2013, por el abogado JOSÉ TITO LÓPEZ JAIME inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 56.394, en nombre y representación de los ciudadanos FELIPA AURORA CRUZ DE SOCORRO, MARÍA ISABEL SOCORRO DE ROJAS, ELI SAÚL SOCORRO CRUZ y EURO JESÚS SOCORRO CRUZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números 1.067.191, 9.715.310, 9.715.577 y 10.444.798 respectivamente, contra el auto de fecha 15 de octubre de 2013 (fs. 105 al 107), proferido por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en fecha 15 de octubre de 2013 (fs. 105 al 107). TERCERO: De conformidad con el artículo 281 se condena en las costas del recurso a la.....