ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la CAUSA, en aplicación de los artículos 318 numerales 1 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho objeto del proceso no puede atribuírsele a los imputados, por no existir razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los mismos, donde figuraban en principio de la investigación como imputados CAROLINA MORA ATENCIO, ULISES RAFAEL PAZ SALCEDO y NERIO ENRIQUE BRACHO BORGES arriba identificados, y como víctimas JOSÉ GREGORIO CHACÓN HERRERA y RAFAEL GARCÍA MORA anteriormente identificados, por el delito de ABUSOS DE FUNCIONES POLICIALES, previsto en el artículo 69 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patr.....