Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora.- CONCLUSIÒN: Este Tribunal por cuanto la parte demandada, canceló la cantidad de dinero ordenada a pagar, se abstuvo de practicar la medida de Embargo Ejecutivo, y deja constancia expresa que todo lo narrado en la presente acta ocurrió en su presencia; en cuanto a la solicitud del nuevo traslado y constitución solicitado para la entrega del inmueble identificado en el Mandamiento, y dado que existe disponibilidad de tiempo según la agenda de trabajo que se lleva, el mismo queda fijado para, el día Viernes 05 de Febrero del presente año a las nueve de la mañana, todo en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, para el logro de la tutela judicial efectiva. Es propicia la ocasión para recordarle a ambas partes la facultades de que dispone.....