Se declaró INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto el 8 de enero de 2015, por el abogado JESÚS ALBERTO SALCEDO, obrando en nombre y representación de los ciudadanos RIGOBERTO RIVAS RUZ y NOREXI DEL CARMEN SANTIAGO DE RIVAS, quienes actúan como "TERCEROS POSEEDORES DEL INMUEBLE OBJETO DEL JUICIO DE SIMULACIÓN DE VENTA" (sic), mediante el cual interpuso recurso de hecho contra la "decisión de fecha 10 de diciembre del pasado año (2014) (sic)", dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, contenido en el expediente identificado con el guarismo 23.025 de la numeración propia de ese Tribunal.