El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por la ciudadana MARIA CAROLINA BARBOU ONTIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.593.665, domiciliada en el Sector El Valle Parroquia Gonzalo Picón Febres De Esta Ciudad De Mérida, asistida por la abogada LOURDES CELESTE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.739.210, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.649, por el cual formuló demanda contra los ciudadanos CESAR ENRIQUE ANGOLA GUTIERREZ y CLAUDIA MARIA CELINA VORG MORRISON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.916.881 y V-10.337.323, domiciliados en el Sector El Escorial, Jurisdicción de la Parroquia Gonzalo Picón Febres, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, por PERTURBACION A LA SERVIDUMBRE DE PASO.
SEGUNDO Seg.....