El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora.- CONCLUSIÒN: El Tribunal visto el convenimiento hecho por las partes a solicitud del Apoderado Judicial de la parte actora se abstuvo en este momento de ejecutar la medida de Secuestro, por cuanto la parte demandada convino en el pago; y acuerda remitir la Comisión al Tribunal de la Causa, dejando para el archivo Tribunal copias certificadas de todas las actuaciones.-