Finalmente, de conformidad con lo establecido en los artículos 61 numeral 4to, 63 y 66 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, se decreta la confiscación del Vehículo marca Chevrolet, modelo Gran Vitara, color verde, Placas GBU66E, uso particular, tipo Sedan, serial del motor J20A-181643, que pertenecía al acusado de autos.
En consecuencia, se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación, Mérida, para que ejecute la remisión del vehículo a la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de Drogas (CONACUID), por parte del Comisario Jefe de la citada Delegación o por otro funcionario debidamente autorizado por éste, mediante acta y a su vez deben remitir copias certificadas de dichas actuaciones policiales debidamente hechas, a este Despacho Judicial a los fines legales consiguientes.
Se ordena oficiar a la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de Drogas.....