este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía,  Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,  DECLARA REDIMIDO el lapso de SIETE  (07) MESES VEINTIOCHO (28) DÍAS Y DOCE (12) HORAS S, de la pena total que cumple el penado  SAMIR ANTONIO MORALES VEGA.
CUARTO: Efectuado como ha sido el cómputo por redención de la pena, se observa que el  penado  SAMIR ANTONIO MORALES VEGA,  durante el tiempo de su reclusión ha cumplido un tiempo efectivo sin redención de  TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTE (20) DÍAS, que sumados a una primera detención de fecha  25-08-2003 al 21-10-2003 de UN (01) MES, VEINTISEIS (26) DÍAS, y el tiempo redimido en la presente decisión de SIETE  (07) MESES VEINTIOCHO (28) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, hacen un total de pena cumplida con redención de CUATRO (04) AÑOS, CATORCE (14) DÍAS Y DOCE (12) HORAS y por cuanto fue sente.....