Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÓN: Este Juzgado visto los recibos de pago de los cánones de arrendamiento de los meses demandados y la solicitud de la parte actora, se abstiene en este momento de practicar la medida de secuestro y acuerda devolver en el estado que se encuentra la presente Comisión al Comitente, igualmente acuerda agregar la copia de los recibos de pago presentados en original constante de dos (20) folios útiles, dejando en su lugar copia fotostática certificada de todas sus actuaciones para el archivo del Tribunal,