Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO MERIDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada la Ciudadana: DIANA KAROLINA GUILLEN PEÑA.
SEGUNDO: Se condena a la ciudadana DEXY MONTES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 13.013.783, de este domicilio, a pagar la cantidad de UN MILLON CIENTO DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL BOLIVARES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.1.118.459,79) por todos y cada uno de los conceptos ut supra cuantificados y discriminados que corresponden a la trabajadora.
TERCERO: Asimismo, se ordena el pago de los interes.....