Primero: CON LUGAR el RECURSO DE NULIDAD interpuesta por el CONDOMINIO DEL MERCADO PRINCIPAL contra Providencia Administrativa Nº 00137-2011 de fecha 10 de Junio de 2011, contenida en el expediente administrativo Nº 046-2010-06-00006, por consiguiente se deja sin efecto dicha Providencia Admnistrativa.
Segundo: Se ordena la notificación del Inspector del Trabajo del Estado Mérida de la presente decisión, así como remitirle copia certificada de la misma.