-V-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación formulado por el abogada Egberto Abdón Sánchez Noguera, con la condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión publicada en data 19 de febrero de 2014, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP21-L-2013-000112.
SEGUNDO: Por los motivos expuestos, SE REVOCA el fallo apelado, por ende, en el mérito del asunto se declara:
"PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ISIDRO ROJAS ROJAS, por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO, seguida en contra de la Sociedad Mercantil TALLER.....