Por las razones que anteceden, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, exhorta a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público a consignar por ante este Tribunal, las actuaciones relativas a la investigación realizada en contra del ciudadano FREDDY CUSTODIO AVENDAÑO GARCÍA, signadas con el N° LP01-P-2003-0000774, antes de la fecha de realización de la Audiencia Preliminar, a los fines de garantizar efectivamente el derecho a la Defensa y la igualdad de las partes.
No obstante la decisión que antecede, considera quien aquí decide que aún cuando no estemos de acuerdo con la actitud asumida por la Fiscalía del Ministerio Público de no consignar las actuaciones; reservándose la posesión de las mismas hasta el día de celebración de la Audiencia Preliminar, este Tribunal en virtud de que el acusado FREDDY CUSTODIO AVENDAÑO GARCÍA, tiene derecho a un proceso justo y sin dilaciones indebidas y a objeto de no causarle un perjuicio por causas que.....