Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide en los siguientes términos:
SEGUNDO: En relación a la solicitud de aprehensión en Flagrancia presentada por el Ministerio Público, este Tribunal por considerar que están llenos los extremos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, como se dejó constancia en el acta policial de fecha 28-06-04, el mismo fue aprehendido con la sustancia incautada. Razón por la cual se declara con lugar la solicitud de Flagrancia presentada por el Ministerio Público.
TERCERO: Se autoriza para que el presente asunto se siga por el Procedimiento Ordinario a los fines de profundizar la investigación y establecer con certeza el grado de culpabilidad del Imputado, toda vez que señala ser consumidor, y para lo cual se ordena su remisión a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en su oportunidad le.....