Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÈRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesto por la ciudadana ODETTE DEL ROSARIO VENEGAS DE GODOY, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 10.310.505, debidamente representada por el abogado MIGUEL ANTONIO CARDENAS; contra el ciudadano HECTOR FABIO SALAZAR GARCIA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 14.990.395, debidamente representado por el profesional del derecho CARLOS ENRIQUE PACHECO CALDERON. De conformidad con los artículos 1159, 1167 y 1264 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el criterio establecido por la Sala Político Administrativa citado up supra. Y ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: Se le ordena a la par.....