Dispositiva:
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a favor de Bladimir Guillén, titular de la cédula de identidad N° 14.916.662, suspensión que se acuerda por el lapso de dos (2) años, cinco (5) meses y veintisiete (27) días, el cual comenzará a transcurrir a partir de la fecha de imposición de esta decisión, decisión que se dicta de conformidad con los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrese boleta de citación al penado, para el día lunes trece de agosto del año en curso (13.08.2007), a las tres y treinta de la tarde (3:30 pm.), para imponerlo de la suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada a su favor, para que suscriba el acta de compromiso y se le haga entrega de copia certificada de esta decisión. Ofíciese a la Unidad Técn.....